Darles voz a los hijos para que decidan dónde quieren vivir después de un divorcio en Illinois es una gran idea para uno de los padres, y a menudo es considerada una idea terrible por el otro padre. “Después de todo”, pueden pensar algunos padres, “¿cómo podría un juez ordenar a mi hijo de 5 años (o de 10 años o adolescente) que viva con el otro padre si le dice rotundamente que quiere vivir conmigo?” Pero, ¿ tiene que considerar un juez los deseos de un niño al determinar quién tendrá la residencia? ¿ custodia del niño ?
La ley establece que los deseos de un niño son solo uno de los muchos factores que el tribunal puede considerar al tomar una determinación de custodia . Cada juez en Illinois tiene sus propias creencias y prácticas personales con respecto a cuándo, si alguna vez, considerará los deseos de un niño al establecer la custodia. Por ejemplo, algunos jueces solo considerarán los deseos de un niño adolescente que haya demostrado madurez y consideración al considerar dónde le gustaría vivir. Otros jueces nunca considerarán los deseos de un niño, creyendo que todos los niños son demasiado inmaduros para tomar una decisión informada. Aún otros considerarán los deseos de un niño solo si el niño testifica en una audiencia. En cualquier caso, sin embargo, los deseos del niño (si se expresan) son solo un factor utilizado para determinar el acuerdo de custodia de un niño. El tribunal debe tomar una determinación de custodia en función de lo que está en el interés superior del niño.
Suponiendo que un juez le permita a su hijo expresar sus deseos sobre dónde le gustaría vivir, eso no significa necesariamente que sea una buena idea exigirle que lo haga. Tenga en cuenta lo siguiente:
Los jueces tienden a dar muy poca importancia o consideración a los deseos y anhelos de los niños pequeños en relación con la custodia. Sin embargo, un niño que sea un adolescente mayor (entre 16 y 18 años, por ejemplo) y que demuestre al juez que ha pensado y considerado seriamente la cuestión de la custodia, generalmente recibirá una mayor consideración.